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Pronabec lanzó el concurso Beca Hijos de Docentes para estudiar una carrera en universidad, instituto o escuela

Concluido

By:   Admin   

May 28, 2025

  

Becas

Sobre Pronabec

El Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo - PRONABEC otorga becas y créditos educativos, a través de concursos públicos, a peruanos talentosos de escasos recursos económicos, brindándoles acceso y permanencia a una educación superior de calidad, hasta su culminación. Además, desarrolla un modelo de acompañamiento integral durante todo el ciclo de vida del beneficiario, mediante una gestión moderna, eficiente, transparente y orientada al servicio.

¿Qué es la Beca Hijos de Docentes?

La Beca de Excelencia Académica para hijos de docentes que forman parte de la Carrera Pública Magisterial, en adelante CPM, en el marco de la Ley N° 29944, Ley de la Reforma Magisterial, es una beca especial financiada por el Ministerio de Educación - MINEDU a través del PRONABEC, para estudios de pregrado.

Los “docentes de la carrera pública magisterial” son aquellos docentes nombrados en el marco de la Ley N° 29944 – Ley de Reforma Magisterial, que se encuentran en condiciones para brindar servicios en la educación básica y técnico productiva al haber ganado una plaza mediante concurso público que incluye docentes cesados por límite de edad, por incapacidad permanente y por fallecimiento. No se consideran “docentes de la carrera pública magisterial” para efectos del presente concurso, los docentes nombrados en el marco de la Ley N° 30512 – Ley de Institutos, Ley N° 30220 – Ley Universitaria u otras leyes para la contratación temporal o nombrados en cargos distintos al antes mencionado.


  1. Se ofrecen 800 becas integrales para iniciar o continuar estudios en el 2025-I o el 2026, las que se distribuirán de la siguiente manera:
    - 400 para recién egresados del colegio
    - 400 para estudiantes de educación superior
  2. Se otorgarán 4 becas prioritariamente a aquellos que acrediten contar con alguna discapacidad. Además, esta población, y otras que tengan una condición priorizable, tendrán puntaje adicional para todas las vacantes.
  3. Tendrán más puntaje los postulantes cuyos padres dan sus servicios de docentes en colegios rurales, de Educación Intercultural Bilingüe, de zona de Frontera, entre otros.

¿Quiénes pueden postular a esta beca?

La Beca se dirige a jóvenes peruanos, hijos de docentes que forman parte de la Carrera Pública Magisterial, en adelante CPM, en el marco de la Ley N° 29944, Ley de la Reforma Magisterial, con las siguientes características:

  1. Egresados de la educación secundaria de instituciones públicas o privadas reconocidas por el Ministerio de Educación (MINEDU)
  2. Alto rendimiento académico de la educación básica en los dos últimos grados de educación secundaria, para egresados de la Educación Básica que no hayan iniciado estudios superiores o que se encuentren estudiando el primer semestre o año de estudios; o, Alto rendimiento académico de la educación superior (universidad o instituto o escuela licenciada y elegible) en el último periodo académico o acumulado al último período académico cursado (semestre/anual según su régimen), para estudiantes de la Educación Superior; y
  3. Admisión a una institución de educación superior, sede y programa elegible para el PRONABEC. Se considera a jóvenes que hayan iniciado estudios superiores hasta antes de su culminación (antepenúltimo ciclo en programas semestrales o penúltimo año en programas anuales) y aquellos que aún no han iniciado sus estudios superiores.

¿Cuáles son los requisitos para postular a la Beca Hijos de Docentes?

Los requisitos de postulación para la preselección son:

  1. Tener nacionalidad peruana
  2. Ser hijo de docente que forma parte de la Carrera Pública Magisterial (CPM), en el marco de la Ley N° 29944, Ley de la Reforma Magisterial
  3. Tener como máximo a la fecha de la publicación de las bases (23 de mayo):
    - Para egresados del colegio (que no iniciaron estudios superiores): menos de 22 años
    - Para estudiantes de educación superior: menos de 29 años
  4. Haber concluido la secundaria de la Educación Básica Regular (EBR) o Educación Básica Alternativa (EBA) o Educación Básica Especial (EBE). Los estudios deben ser reconocidos por el Ministerio de Educación:
  5. Acreditar alto rendimiento académico al pertencer al tercio superior como mínimo
    - Para egresados del colegio: en los dos últimos grados de la educación secundaria (se considerará la información registrada en el SIAGIE del Ministerio de Educación o, en su defecto, el Certificado de Estudios escaneado o el Certificado de Estudios Digital o la Constancia de Logros de Aprendizaje.
    - Para estudiantes de educación superior (solo quienes ya iniciaron estudios en una universidad, instituto o escuela): adjuntar la constancia o certificado de la IES elegible del último periodo académico o el acumulado hasta ese ciclo, que acredite el rendimiento académicos y otros datos del programa de estudios y del postulante.
  6. Haber ingresado a una institución, sede y carrera elegibles para iniciar estudios en el 2025-II o 2026-I o continuarlos:
    - Para egresados del colegio
    Presentar constancia de ingreso a una institución de educación superior (IES), sede y carrera elegible en el marco de un proceso de ingreso regular. Si el inicio de estudios es con anterioridad a la fecha de postulación, se debe de presentar también la reserva de matrícula.
  7. Para estudiantes de educación superior (solo quienes ya iniciaron estudios en una universidad, instituto o escuela):
    - Para quienes no iniciaron estudios: presentar constancia de su IES elegible. Si el inicio de estudios es con anterioridad a la fecha de postulación, se debe de presentar también la reserva de matrícula.
    - Para quienes iniciaron estudios: presentar constancia de matrícula de su IES elegible. Quienes estudian en el segundo y el antepenúltimo ciclo en programas semestrales, o hasta el penúltimo año (programas anuales) deben presentar constancia o certificado de estudios o reserva de matrícula.
  8. Presentación de declaraciones juradas y formatos generados por el Módulo de Postulación para la Selección.

¿Qué beneficios te ofrece la Beca Hijos de Docentes?

De acuerdo con la normatividad vigente, el financiamiento para estudios de pregrado de esta beca especial subvenciona los siguientes conceptos:

Académicos:

  1. Costos de examen
  2. Matrícula y pensiones de estudios
  3. Nivelación académica
  4. Obtención del grado, título y/o equivalente

No académicos:

  1. Alojamiento, según corresponda
  2. Movilidad local
  3. Alimentación

Importante: Pronabec también te dará acompañamiento socioemocional y de bienestar durante todo tu periodo de estudios

¿Hasta cuándo puedo postular?

Si el postulante cumple con los requisitos antes mencionados debe seguir los pasos de postulación y registrarse del 29 de mayo al 16 de junio de 2025 (23:59 horas)

¿Cómo postulo a la Beca Hijos de Docentes?

Pasos para postularse en la Preselección del PRONABEC:

  1. La fase de postulación para la Preselección inicia de acuerdo con el cronograma señalado en el artículo 9 de las Bases y se realiza de forma virtual en el portal institucional del PRONABEC POSTULA AQUÍ
  2. La postulación para la Selección se realiza a través del Módulo de Postulación para la Selección en la página web del PRONABEC. El Postulante debe crear una cuenta ingresando su número de Documento Nacional de Identidad - DNI (que será su usuario), correo electrónico personal, datos de contacto y clave de acceso. Se enviará una notificación al correo electrónico indicado por el Postulante o su representante para la verificación de la cuenta. El usuario y la clave de acceso habilita al Postulante a firmar electrónicamente los documentos que conforman el expediente virtual y acceder a la casilla electrónica del Sistema Integrado de Becas y Crédito Educativo - SIBEC donde recibirá todas las comunicaciones del concurso. El Postulante se hace responsable de revisar periódicamente la casilla electrónica del SIBEC durante la vigencia del concurso.
  3. Si el Postulante es menor de edad, durante su postulación debe registrar sus datos personales, y, además, los datos personales de su representante (padre, madre, apoderado o tutor legal): el número del DNI o Pasaporte o Carné de Extranjería, correo electrónico y teléfono celular; para que se asigne un código de firma que lo habilita para firmar electrónicamente los documentos que conformen el expediente virtual de postulación, en representación del menor. Este código de firma es notificado al correo electrónico del representante. Si el representante es una persona distinta al padre o la madre, se debe cargar en el Módulo de Postulación para la Selección el Anexo N° 2 “Carta Poder para nombrar apoderado” o el documento oficial que acredite la tutoría legal.
  4. Al registrarse el DNI del postulante, en virtud de la interoperabilidad entre entidades de la Administración Pública, el Módulo de Postulación para la Selección verifica si el postulante registra antecedentes penales o policiales o judiciales a fin de permitir su postulación al concurso y lo registra en su FICHA DE POSTULACIÓN. En caso el postulante resulte observado luego de realizar la consulta respectiva, debe presentar el Anexo N° 6: “Declaración Jurada de no Registrar Antecedentes Penales, Policiales y Judiciales”, para continuar con su proceso de postulación.
  5. Cuando el Postulante concluye el registro de la información requerida y la carga de los documentos solicitados, el Módulo de Postulación para la Selección muestra el expediente virtual completo a fin de que el Postulante valide su postulación mediante firma electrónica generada por el Módulo de Postulación para la Selección. En el caso del menor de edad, la firma electrónica y el envío del expediente virtual son realizados por su representante a través del código de firma asignado.
  6. El expediente virtual completo y firmado electrónicamente, genera el estado de Registro Completo. Este expediente es enviado a la casilla electrónica del SIBEC del Postulante como cargo de recepción de su postulación, así como al correo electrónico personal de su representante, cuando corresponda.
  7. El Postulante debe cumplir con las formalidades requeridas en cada declaración jurada, formato y anexo que se establezcan en las Bases. El Postulante debe verificar si el anexo solicitado requiere ser descargado y llevar firma manuscrita para su validez, en atención al contenido y naturaleza del documento, el cual será verificado durante la Fase de Validación y Subsanación de la Postulación para la Selección, de no contar con las formalidades requeridas en el documento, luego del requerimiento de subsanación, el documento será inválido y se tendrá por no presentado.
  8. El PRONABEC no interviene en los procesos de admisión realizados por las IES Elegibles, las cuales establecen las fechas, los lugares y los contenidos de éstos.
  9. El Postulante registrado puede revertir su postulación hasta 15 (quince) días calendario, antes de finalizada la Fase de Postulación para la Selección según cronograma, ello significa que regresará al estado “En proceso de Registro”.
  10. Los datos expresados en el expediente virtual de postulación tienen carácter de declaración jurada, por lo que, en caso de falsedad, el Postulante registrado y su representante asumen las consecuencias jurídicas administrativas, civiles y penales correspondientes. La información reportada en el Expediente de Postulación para la Selección es utilizada en las fases siguientes, por lo que su carácter de declaración jurada se mantiene durante todo el concurso.
  11. Aquellos que no cumplan con cargar digitalmente uno o más de los documentos de carácter obligatorio (Registro incompleto) o carguen documentos ilegibles o con enmendaduras o incompletos o distintos, a los exigidos en las Bases o no subsanen las observaciones realizadas, son declarados “NO APTOS” en la Fase de Validación y Subsanación de la Postulación para la Selección, y no pueden participar en la Fase de Asignación de Puntajes y Selección.
  12. Los documentos opcionales que acrediten una condición priorizable son verificados durante la Fase de Validación y Subsanación de la Postulación para Selección, a fin de determinar si el documento cumple o no cumple con el contenido y formalidades requeridas en las Bases, de encontrarse observaciones, estas se notifican a la casilla electrónica del Postulante, para que realice la subsanación. Únicamente son considerados para el otorgamiento de puntaje adicional aquellos documentos que cumplan con lo estipulado en Bases.
  13. El Postulante y/o su representante son responsables de realizar el seguimiento oportuno a su postulación y los resultados del concurso mediante el portal web de la institución y la casilla electrónica del SIBEC y en el correo electrónico del Postulante o de su representante. En ese sentido, no se puede alegar desconocimiento de los resultados.

Cronograma del concurso de Beca Hijos de Docentes.

¿Cómo verifico que fui seleccionado para la beca?

Para conocer los resultados verifique la publicación de seleccionados INGRESANDO AQUÍ

Impedimentos para postular a la Beca Hijos de Docentes

  1. Haber sido adjudicado con una beca o haber recibido el beneficio de una beca que subvencione el Estado, para el mismo nivel de estudios (pregrado).
  2. Haber perdido o renunciado a una beca o crédito que canalice, gestione y/o subvencione el Pronabec, para el mismo nivel de estudios (pregrado)
  3. Haber culminado estudios de pregrado en una institución de educación superior en el territorio nacional o en el extranjero.
  4. Por falseamiento de información socioeconómica y/o académica para hacerse acreedor o continuar con una beca u obtener o continuar con un crédito que canalice, gestione y/o subvencione el Pronabec
  5. Mantener deudas actualmente exigibles con el Gobierno peruano, derivadas de su condición de becario o por créditos educativos, otorgados por el Ministerio de Educación
  6. Estar postulando a otra beca o crédito educativo que canalice, gestione o subvencione el Pronabec para el mismo nivel de estudios.
  7. Ser funcionario público o brindar servicios en el Pronabec, cualquiera sea el régimen. Dicho impedimento se mantiene hasta después de un año de haber ejercido o cesado tal función.
  8. Ser pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad (padres, hijos, abuelos, hermanos, nietos, tíos, sobrinos y primos hermanos) y segundo grado de afinidad (hijos adoptivos, padres e hijos del cónyuge o conviviente y abuelos y hermanos del cónyuge o conviviente) de aquellos servidores públicos que tengan incidencia directa o indirecta en los procesos de selección de beneficiarios del Pronabec
  9. Haber recibido otro beneficio de beca o crédito educativo que canalice, gestione y/o subvencione el Estado, para el mismo nivel de estudios (pregrado); con excepción de aquellos ex beneficiarios de beca continuidad de las convocatorias 2020-I, 2020-II, 2021 Y 2022.
  10. Haber incumplido el Compromiso de Servicio al Perú, conforme a lo establecido en el artículo 9 del Reglamento del PRONABEC, o su acreditación.

Bases y resoluciones

  1. Bases del concurso, descargar aquí

Consultas - Contacto - Más información

  1. Web: https://www.pronabec.gob.pe/beca-hijos-de-docentes/
  2. Facebook: https://www.facebook.com/PRONABEC